EntrevistaDERECHOS HUMANOS EN VENEZUELA: 6 PERSPECTIVAS

Marino Alvarado: “Cuando hay delitos de lesa humanidad se puede aplicar la jurisdicción universal”

25/09/2020

Marino Alvarado. Captura de pantalla de YouTube.

La Misión Internacional Independiente de determinación de los hechos de las Naciones Unidas sobre Venezuela publicó su primer informe el 16 de septiembre de 2020. Una semana después, lo presentó ante el Consejo de Derechos Humanos. Un grupo de tres especialistas, junto a su equipo técnico, investigó las ejecuciones extrajudiciales, las desapariciones forzadas, las detenciones arbitrarias y la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes cometidos desde 2014. Seis defensores venezolanos de derechos humanos explican el impacto del documento, qué significa para las víctimas y su relevancia internacional. En esta cuarta entrega habla el abogado Marino Alvarado, coordinador de Monitoreo, Investigación y Difusión de la ONG Provea.

El mandato que le da el Consejo de Derechos Humanos a las misiones de determinación de los hechos es, además de hacer el diagnóstico sobre la situación de los derechos humanos en un país, establecer quienes serían los presuntos responsables de las violaciones registradas. Pero la Misión Internacional Independiente de determinación de los hechos no es un tribunal. Es por eso que de las 65 recomendaciones que hace el equipo que realizó el informe, 61 van dirigidas al Estado venezolano. Lo primero que dice es que corresponde a las instituciones nacionales investigar y sancionar a los responsables. Los informes sobre los derechos humanos de un país tampoco buscan tumbar gobiernos. El objetivo es lograr justicia.

Se supone que en un país debería existir una división de poderes, aunque el informe establece que en Venezuela está constituida una institucionalidad a favor de la impunidad. La mayoría de los que se señalan como presuntos responsables están relacionados al Poder Ejecutivo, y tienen responsabilidades policiales y militares. Por esta razón, el informe insta a los otros poderes del Estado, como la Defensoría del Pueblo y el Ministerio Público, a que investiguen y se concluya en un proceso judicial. 

Si el Estado venezolano no investiga ni sanciona, entonces se activa algo que se denomina la complementaridad de la Corte Penal Internacional. Este organismo actuará siempre y cuando el Estado que está investigando no tenga la voluntad o la capacidad de hacerlo. La decisión le corresponde a la Corte. Por supuesto, si el Estado venezolano no cumple las recomendaciones de la Misión queda en evidencia que no hay voluntad para que los autores de las violaciones de derechos humanos rindan cuentas ante la justicia.

Sobre la Corte Penal Internacional

Recordemos que la Corte Penal Internacional está en este momento analizando si en Venezuela se han cometido delitos de lesa humanidad. ¿Qué puede pasar entonces tras la publicación del informe? En primer lugar, la Corte Penal Internacional puede, por iniciativa propia, incorporarlo como un elemento más de su análisis. Es un insumo. No está obligado a hacerlo, porque las instituciones actúan con absoluta independencia. Pueden colaborar entre sí, pero ninguna está supeditada a la otra.

En segundo lugar, la Misión de determinación de los hechos también pudiera enviar su informe, acompañado de algunas pruebas, a la Corte Penal Internacional como una forma de colaborar en el proceso que lleva este organismo internacional. Una vez más, la Corte pudiera o no tomar en cuenta este documento.

En tercer lugar, los países del Grupo de Lima y Canadá, que demandaron a Nicolás Maduro ante la CPI, también pudieran incorporar el documento.

Otra consecuencia que puede generar el informe es que más países se sumen a la demanda contra Nicoás Maduro en la Corte Penal Internacional, al ver la gravedad de las violaciones a los derechos humanos registradas por la Misión.

La lesa humanidad y la jurisdicción universal

La Misión de determinación de los hechos establece expresamente que en Venezuela se cometieron delitos de lesa humanidad. Esto hace que se añada otra alternativa al abanico de posibilidades para sancionar a los responsables. La otra opción, que cada vez se va usando más, es que se aplique la jurisdicción universal. El caso más emblemático, aunque no fue el primero, fue la detención y juzgamiento del dictador chileno Augusto Pinochet. Fue detenido en Inglaterra y juzgado en España, porque la jurisdicción internacional establece que cualquier país puede juzgar a cualquier persona de otro país cuando esta persona ha cometido delitos de lesa humanidad. Se considera que son delitos contra la humanidad, y los delitos que afectan a la humanidad trascienden las fronteras.

El proceso judicial ya no recae entonces en un organismo internacional. Lo realiza el tribunal de un país. Hay un caso muy reciente en España. El tribunal de la Audiencia Nacional de Madrid condenó a 133 años y cuatro meses de prisión a Inocente Montano por el asesinato de 5 jesuitas en El Salvador. Montano es un excoronel salvadoreño, que fue viceministro de Seguridad Pública. Cometió los asesinatos en 1989, durante la guerra civil de El Salvador, en la Universidad Centroamericana.

En el futuro, puede que algunos responsables decidan colaborar en el proceso de justicia. Ha sucedido en procesos similares en otros países y en Venezuela. Algunos buscan la posibilidad de rebajar las penas. En el gobierno de Hugo Chávez se creó una Comisión de la Verdad, presidida por Luisa Ortega Díaz, para el caso de la masacre de Yumare. En aquel entonces, un teniente coronel se presentó voluntariamente a decir “yo participé”. Y contó lo que había sucedido.

El informe dice que tuvieron colaboración de funcionarios activos, tanto de la Fuerza Armada, como de cuerpos policiales. Eso es llamativo porque quiere decir que dentro de las instituciones militares y policiales hay funcionarios que no están de acuerdo con estas políticas y que están dispuestos a colaborar con información si se decide prorrogar el mandato de la Misión.

Del informe también destacaría que recoge muchos testimonios de víctimas. De alguna forma, esto constituye una reparación para ellas. En el país tenemos una institucionalidad que está de espaldas a las víctimas, y el informe es una oportunidad para ser escuchados por una instancia seria e independiente. 

Otro punto importante es que el documento señala que las violaciones a los derechos humanos no solo afectan a la oposición política. El ciudadano común y corriente también es víctima de la violencia del Estado. Cuando analizan los operativos de seguridad ciudadana, expresamente establecen que se cometieron delitos de lesa humanidad contra las personas, especialmente aquellas que viven en zonas desfavorecidas.

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