Perspectivas

Arístides Rengel-Romberg

25/07/2019

Arístides Rengel-Romberg

El pasado 22 de julio falleció el jurista y maestro Arístides Rengel-Romberg, quien deja una obra fundamental de Derecho Procesal Civil al foro venezolano. Quienes fuimos sus alumnos y amigos lo tenemos como una referencia moral e intelectual sellada de manera indeleble. Rengel-Romberg deja vacante el sillón número tres de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales, en el cual sucedió a otro jurista relevante: Luis Felipe Urbaneja Blanco. Ambos sabios de pensamiento y expresión clara y precisa, como se requiere en el habla de los juristas inmortales.

En su discurso de incorporación a Acienpol, Rengel-Romberg destacó los aportes de Luis Felipe Urbaneja a la ciencia jurídica venezolana; entre ellos, haberse incorporado en 1939 -junto a Juan Pablo Pérez Alfonso y Germán Suárez Flamerich- a la cátedra de Derecho Civil en la Universidad Central de Venezuela. Urbaneja comenzó a dictar la cátedra de Obligaciones y a partir de esa fecha incorpora el método del caso, ideado por el profesor Christopher Columbus Langdell de la Universidad de Harvard; el cual constituye una enseñanza que desarrolla el pensamiento analítico y combate el estudio memorístico. Con esto se buscaba que el estudiante entendiera lo que son “las vigas maestras” del Derecho de Obligaciones, para buscar desarrollar el “criterio jurídico” en el abogado. Esos aportes marcaron a Rengel-Romberg, tal como se evidencia en su panegírico para Urbaneja, también conocido como “El Fraile”, apodo acuñado por Inocente Palacios debido a la “afición suya a lo religioso”. En mi época de estudiante, algunos de nuestros profesores siempre narraban anécdotas de “El Fraile” repletas de enseñanzas y de reflexiones.

Además del método del caso, Urbaneja pensaba en “aproximar la precisión de los conceptos jurídicos a la matemática”. De esta manera, “El Fraile” predicaba la idea de que en los problemas jurídicos debe usarse el método axiomático, porque: “Ciertos enunciados –los axiomas– quedan establecidos sin demostración; pero todos los demás –los teoremas– tienen que ser demostrados, partiendo y procediendo ordenadamente de los axiomas, mediante cadenas demostrativas, sirviéndose de determinadas reglas de deducción. Análogamente, los conceptos fundamentales quedan establecidos sin definición; pero todos los demás conceptos, que son derivados, tienen que ser definidos mediante cadenas definitorias”, como lo reseñó Rengel-Romberg en el citado discurso de incorporación. Para desarrollar las enseñanzas del sabio Urbaneja era necesario prestar atención al lenguaje jurídico, el cual debe ser preciso para que las palabras expresen con claridad su significado. Y esto es lo que pretende la Real Academia Española con la publicación del Diccionario Panhispánico del Español Jurídico (2017) y del Libro de Estilo de la Justicia (2017), ambos coordinados por Santiago Muñoz Machado. Con estas obras se busca la precisión de los términos y la claridad expresiva al momento de interpretar el derecho. De esta manera se pretende evitar la manipulación del lenguaje jurídico.

Este marco conceptual contribuyó, en parte, para que la doctrina venezolana dejara el método exegético en el examen de los códigos y pasara al método sistemático. El primero se ocupaba de examinar el código artículo por artículo. Era lo que hacía la doctrina jurídica venezolana del siglo XIX y comienzos del siglo XX. En el segundo, se agrupan las normas que tienen un mismo fin -o capítulos de los códigos- para organizar la materia con una visión de mayor amplitud. Esta herramienta metodológica significó una modernización en los estudios procesales y fue introducida en nuestro país en 1932 por Luis Loreto, quien llegó de Europa apertrechado de las nuevas doctrinas e inició su labor doctrinaria por medio de la Gaceta Jurídica Trimestral. Esto significó un cambio en relación con el método utilizado por los procesalistas clásicos: Luis Sanojo (nuestro primer tratadista de Derecho Procesal), Ramón Feo, Arminio Borjas y Rafael Marcano Rodríguez.

Luego de graduado de abogado suma cum laude, Rengel-Romberg viajó a Italia y en Florencia se convirtió en alumno de Piero Calamandrei, uno de los más grandes juristas italianos del siglo XX y epítome del procesalista sofisticado. De esta manera, adhiere al moderno procesalismo italiano, representado, entre otros, además del mencionado Calamandrei, por Giuseppe Chiovenda y Francesco Carnelutti.

La influencia del uruguayo Eduardo Couture también se siente en la obra de Rengel. Las enseñanzas de Couture nos llegaron a través de César Naranjo Osty, quien fue a terminar de formarse como abogado con el maestro uruguayo. Naranjo ganó un concurso de oposición en la Universidad Central de Venezuela (en el cual también participó Humberto Cuenca) e incorporó en su curso los conceptos sobre la jurisdicción y el sistema procesal aprendidos de Couture, tal como lo narra José Andrés Fuenmayor en la lección inaugural de la especialización de Derecho Procesal Civil en la Universidad Central de Venezuela, el día 27 de junio de 1987.

Con esa experiencia, Rengel estaba en capacidad de pasar a las grandes ligas del procesalismo universal. Al regresar a Venezuela, preparó su primer libro: Formularios de Procedimiento Civil, obra que le encargó el Ministro de Justicia, el mencionado Luis Felipe Urbaneja, para que sirviera de modelo a los funcionarios judiciales, tal como lo reseñó Eloy Lares Martinez en su discurso de contestación a Rengel-Romberg el día 6 de junio de 1995.

La intensa actividad intelectual desarrollada por Arístides Rengel-Romberg se plasma en su Tratado de Derecho Procesal Civil venezolano (según el nuevo Código de 1987), obra de gran calado que cubre prácticamente todo nuestro sistema procesal civil. Con esta obra, y a través de sus artículos periodísticos, Rengel orientó a los abogados y jueces, al tiempo que sus enseñanzas tuvieron influencia en importantes criterios jurisprudenciales.

Rengel-Romberg fue profesor titular de Derecho Procesal Civil en las Universidades Central de Venezuela y Católica Andrés Bello, donde tuve la fortuna de ser su alumno. Allí nos enseñó, entre otras cosas, la importancia de la puntualidad: sus clases comenzaban y finalizaban a la hora fijada. Fue miembro del jurado que evaluó mi tesis doctoral; y luego coordinador de los jurados que evaluaron mis ascensos a profesor asociado y titular en la UCV. Es decir, estuvo siempre presente en mi vida académica, lo que me permitió conocerlo muy bien. Por si fuera poco, pude compartir largas tertulias con él en su casa de Caracas; o frente al inmenso mar Caribe, cuando lo encontraba en Naiguatá. Igualmente, Rengel fue el primer decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Monteávila; también fue socio del Escritorio Travieso, Evans, Arria, Rengel & Paz, es decir, el maestro combinaba el trabajo académico con el vigoroso ejercicio de la abogacía.

Uno de los aportes más relevantes de Arístides Rengel-Romberg fue impulsar la redacción del Código de Procedimiento Civil, que entró en vigencia el 16 de marzo de 1987. La comisión redactora estuvo integrada, además de Rengel, por José Andrés Fuenmayor, Leopoldo Márquez Añez y Luis Mauri (los dos primeros también fueron mis profesores universitarios). Este equipo de juristas elaboró el nuevo código de acuerdo con las modernas tendencias de la época. Desde luego que la reforma procesal requiere, tarde o temprano, de una reforma integral del Poder Judicial para que Venezuela garantice una administración de justicia imparcial y libre de contaminaciones económicas y políticas.

De todo el legado de Rengel-Romberg, hay uno que no puede pasar inadvertido: el lenguaje jurídico preciso y claro, tal como lo enseñaba Luis Felipe Urbaneja a sus alumnos. En su obra demostró que es posible adentrarse en los complejos problemas de la jurisdicción, de la acción y del proceso con una prosa clara y con la palabra de uso común, sin la pedantería del lenguaje barroco y enrevesado. La precisión del lenguaje jurídico exige deslastrase de la ambigüedad y debe ser “esencialmente más riguroso que el lenguaje común”, tal como lo proclamó Rengel en su discurso de incorporación a Acienpol, el 6 de junio de 1995.

Todo lo anterior recoge el legado que deja el gran maestro a Venezuela.


ARTÍCULOS MÁS RECIENTES DEL AUTOR

Suscríbete al boletín

No te pierdas la información más importante de PRODAVINCI en tu buzón de correo