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El caso de la expulsión de los funcionarios diplomáticos de Estados Unidos en Venezuela

25/01/2019

Nicolás Maduro. Fotografía de @ViceVenezuela | Twitter

El jueves 24 de enero de 2019, Nicolás Maduro afirmó que Estados Unidos tiene hasta el domingo 27 de enero para retirar a su personal diplomático y consular de Venezuela. También comunicó su decisión de “regresar todo el personal diplomático y consular de nuestro país en el exterior [sic]” y de cerrar la embajada y todos los consulados en Estados Unidos.

Horas después, Juan Guaidó, quien se juramentó como presidente encargado de Venezuela el 23 de enero, comunicó a todos los funcionarios consulares de Venezuela en Estados Unidos:

El 23 de enero, Maduro anunció el cese de relaciones diplomáticas, después de que la Casa Blanca reconociera a Juan Guaidó como presidente encargado de Venezuela.

Juan Guaidó. Fotografía de Iñaki Zugasti | RMTF

Ese día, después de juramentarse en el cargo, Guaidó divulgó un comunicado en Twitter en el que exhortó a los diplomáticos y a su personal acreditado en Venezuela a quedarse en el país y “desconocer cualquier orden o disposición al respecto que contradiga el firme propósito del poder legítimo de Venezuela”. “Cualquier disposición contraria carecería de validez, pues emanaría de personas o entidades que, por su carácter usurpatorio, no tienen autoridad legítima para pronunciarse al respecto”.

Donald Trump. Fotografía de Brendan Smialowski | AFP

El secretario de Estado de Estados Unidos, Michael Pompeo, publicó un comunicado en el que ratificó que no reconocen a Maduro como presidente y por eso “no reconoce que tenga la autoridad legal para romper relaciones con Estados Unidos o declarar a sus diplomáticos persona non grata”. Pompeo aplaudió la decisión de Guaidó de mantener relaciones y advirtió que “Estados Unidos tomará acciones apropiadas para responsabilizar a cualquiera que ponga en riesgo la seguridad de nuestra misión diplomática y su personal”.

¿Qué indica el derecho internacional?

Mariano de Alba, abogado venezolano especialista en Derecho Internacional y Relaciones Internacionales, considera que la posibilidad de hacer efectiva la expulsión depende de quién ejerce el control del territorio. Explica que una posible agresión a los diplomáticos viola el derecho internacional. “Estados Unidos puede decidir arriesgar y dejar su personal diplomático en Venezuela y ver si Maduro toma alguna medida concreta. Para Maduro también es muy riesgoso obligarlos a salir porque sería interpretado como una medida violatoria del derecho internacional y una agresión contra la inmunidad diplomática”.

Mariano de Alba recordó lo dispuesto en el artículo 22 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas:

“1. Los locales de la misión son inviolables. Los agentes del Estado receptor no podrán penetrar en ellos sin consentimiento del jefe de la misión.

2. El Estado receptor tiene la obligación especial de adoptar todas las medidas adecuadas para proteger los locales de la misión contra toda intrusión o daño y evitar que se turbe la tranquilidad de la misión o se atente contra su dignidad.

3. Los locales de la misión, su mobiliario y demás bienes situados en ellos, así como los medios de transporte de la misión, no podrán ser objeto de ningún registro, requisa, embargo o medida de ejecución”.

Además, el artículo 45 de la convención establece que en caso de ruptura de relaciones entre dos países, “el Estado receptor estará obligado a respetar y a proteger, aún en caso de conflicto armado, los locales de la misión así como sus bienes y archivos”.

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