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¿Qué fue lo que pasó con la “juramentación” de Nicolás Maduro ante la ANC?

24/05/2018

Fotografía de Prensa Presidencial

Sin mayor anuncio previo, el 24 de mayo de 2018 Nicolás Maduro informó que ese día acudiría a la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) para juramentarse “como Presidente Reelecto de la República Bolivariana de Venezuela para el periodo 2019-2025, por voluntad del pueblo libre y soberano”.

Hacía días que el tema de la “juramentación” de Maduro había sido objetivo de diversas noticias informales, especialmente, luego de que pasadas las siete de la noche del 21 de mayo de 2018, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a través de cuenta twitter, informara que Nicolás Maduro había interpuesto una “demanda de interpretación” ante la Sala Constitucional.

Al menos para el momento de la “juramentación” ante la ANC, el TSJ no había anunciado ninguna decisión en torno a la “demanda de interpretación” presentada.

¿Qué conclusiones pueden extraerse de todo esto?

Lo que dice la Constitución y lo que dijo en 2013 la Sala Constitucional

No está de más recordar lo que dice la Constitución acerca de la juramentación del Presidente electo. De acuerdo con su artículo 231, el candidato electo tomará posesión del cargo de Presidente el 10 de enero del primer año de su período constitucional, mediante juramento ante la Asamblea Nacional. Es decir, que la toma de posesión debería realizarse mediante juramento ante la Asamblea Nacional el 10 de enero de 2019.

Pero en 2013 la Sala Constitucional “reescribió” este artículo para aclarar que en caso de reelección, la juramentación y toma de posesión era una mera formalidad pues en suma, había una suerte de “continuidad” del mandato presidencial.

Aplicando esa tesis, por ello, la fecha del 10 de enero de 2019 no es relevante, pues Maduro, como “Presidente reelecto”, se mantendría en ejercicio del cargo de manera continua, entre el período que finaliza y el período que inicia en 2019. De allí que no tenía mayor sentido, como fue asomado, señalar que la ilegitimidad de Maduro derivada de su fraudulenta elección solo comenzaba a regir a partir de 2019.

Lo que pasó

No era de extrañar que la ANC asumiese la competencia para tomar “juramento” a Maduro, invocando la falsa tesis del desacato de la Asamblea Nacional y, además, reeditando su decisión en torno a la “juramentación” de los gobernadores.

Lo que sí extraña es que esa “juramentación” se haya efectuado en mayo de 2018, y no en enero de 2019. Tanto más, acoto, luego de que el TSJ anunciara de una “demanda interpretación” presentada por Maduro, de la cual no se tiene mayor noticia.

Así, en un “Decreto Constituyente” anunciado el mismo 24 de mayo, la ANC informó que había recibido la “certificación” de la elección del 20 de mayo, y por ello, Maduro debía asumir el cargo y tomar juramento en enero de 2019. Pero acto seguido, la ANC tomó juramento a Maduro.

Es decir: la ANC aclaró que la juramentación se realizaría el 10 de enero de 2019, pero procedió a “juramentar” a Nicolás Maduro como Presidente por el período 2019-2025.

Un fraude continuado

La “juramentación” ante la ANC realizada el 24 de mayo de 2018 no es siquiera un acto jurídico. Así, no solo la “reelección” de Nicolás Maduro fue resultado de un proceso conducido completamente al margen de la Constitución, sino que además, la ANC, que es un órgano ilegítimo, no tiene competencia para tomar juramento a ningún funcionario. Y mucho menos la juramentación del Presidente electo –si lo hubiere- podría hacerse antes del 10 de enero de 2019, y por una instancia distinta a la Asamblea Nacional.

Con lo cual, en sentido estricto, lo realizado en la ANC el 24 de mayo de 2018 no debería ser calificado como “juramentación”.

Con todo, el acto político realizado por la ANC demuestra que todo el proceso de las elecciones presidenciales forma parte de un fraude continuado, es decir, de un conjunto de decisiones concatenadas entre sí que pretenden tener apariencia de un proceso electoral pero que, en el fondo, no son más que actuaciones políticas orientadas a violentar la Constitución y muy en especial, los derechos políticos de los venezolanos.


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