Telón de fondo

El doctor Vargas contra La Serpiente de Moisés

03/06/2019

Grabado de José María Vargas, S. XIX

José María Vargas no es hombre ampliamente conocido en 1826, pero un escrito lo lanza a la fama. Acaba de regresar de Escocia, donde cursó estudios superiores de anatomía y dentistería. Se ha incorporado a la universidad y disfruta del respeto de los alumnos por su dedicación en los cursos, pero vive una existencia alejada de la calle que cambia por un ensayo que publica contra un folleto de tendencia ultramontana sobre libertad de cultos. En adelante será considerado como un hombre público fundamental.

En Caracas genera numerosos comentarios un cuaderno impreso en Bogotá, de Francisco Margallo, sobre los graves inconvenientes que puede crear la tolerancia de cultos. Se titula La serpiente de Moisés, reeditado por Devisme Hermanos, en cuyas páginas lanza voces fulminantes sobre los prejuicios que causa el libre establecimiento de las religiones en un ambiente formado en el sacrosanto monopolio del catolicismo. Es un impreso que llega a la ciudad en 1826, con el objeto de promover la prohibición de confesiones distintas a la tradicional. De inmediato provoca varias reacciones, entre las cuales destaca la del médico recién llegado. Al caldearse, el ambiente se muestra propicio para la protección de las conquistas relacionadas con la conciencia de los ciudadanos, que se han plasmado en la legislación. El hecho de que ocupe primer plano la respuesta de Vargas da cuenta de cómo gozan de aceptación los argumentos morigerados cuando están a punto de iniciarse los episodios de La Cosiata. De allí su importancia.

La trascendencia del texto se encuentra en su alejamiento de fuentes religiosas, y el tratamiento de los evangelios como si se tratara de material profano. Como no está familiarizado con la Biblia, ni con los Padres de la Iglesia, aboga por la libertad de confesiones desde la consideración de asuntos primordiales como el respeto de las nuevas fórmulas de convivencia republicana y el fomento material de la paria. Lo más terrenal y concreto que pueden ver los colombianos de entonces que residen en Venezuela, ante las fuentes celestiales a las cuales acude Margallo.

Pero desestimar a las autoridades manejadas por el autor de La serpiente de Moisés no significa romper con ellas, lo cual puede ser temerario en un ambiente influido por los bonetes y por masas de fieles creyentes. Vargas prefiere mostrar la relatividad de su validez mediante un tratamiento historicista que le permite apegarse después a las peculiaridades del presente sin que lo metan en la casilla de los herejes. En el siguiente fragmento queda patente el sólido tratamiento de naturaleza relativa que concede a las autoridades que para Margallo son inamovibles:

Trae a colación pasajes del Antiguo Testamento, para probar la intolerancia con que el pueblo judío miraba a los que no reconocían su Dios, sin notar que siendo el gobierno judaico puro teocrático; siendo Dios quien nombraba inmediatamente los jefes, los sacerdotes, dictaba las leyes religiosas y civiles, dirigía todo el régimen público, mandaba declarar la guerra y hacer la paz; identificaba el régimen social con el religioso y al príncipe con su Dios y, por tanto, establecía necesariamente la intolerancia y aun la guerra con los pueblos contrarios a éste. Así, el ejército israelita era llamado ejército del Señor: Dios era su primer caudillo.

¿Qué diferencia no hay entre este pueblo enteramente teocrático y los demás gobiernos de las naciones dirigidas por la prudencia y la soberanía humana? Entre un pueblo de quien Dios es el caudillo, y los pueblos cristianos en que Jesús fundó una religión puramente espiritual y celeste, y cuyas leyes solamente dirigidas a la santificación de las almas, no tienen más relación con los negocios políticos y civiles, que la que pueda derivarse de las máximas generales de virtud y caridad universal que dictan os hombres. El Autor divino de esta nueva ley declaró que su reino no era de este mundo. Convidado una vez a decidir la contienda de dos hermanos, sobre la partición de su herencia respondió que nadie lo había constituido como juez. Mandó a sus discípulos, que los más distinguidos de ellos se hiciesen inferiores y siervos de los demás, para diferenciarse de los príncipes que ejercen poder sobre las naciones; ni eligió senadores, ni jefes, ni capitanes del pueblo, sino unos pescadores desautorizados, que publicasen su doctrina, para separar de ella toda idea de poder y dominio personal.

El nombre de Dios de los ejércitos no vuelve a sonar, ni una sola vez, en los libros del Nuevo Testamento. El apóstol parece que substituye a aquel título estrepitoso el apacible y dulce de Dios de la paz, como le apellida en cien partes de sus epístolas.

La autoridad de la Escritura no es absoluta porque así mana de sus contenidos, o por las solicitaciones que van haciendo las épocas de la historia universal, pero también debido a que los evangelios limitan su aplicación a través del tiempo por inspiración de quien los trasmitió con su ejemplo y los hizo redactar por agentes de confianza. Desde tal arranque no solo puede arremeter contra la intolerancia sin azuzar un avispero, sino también, si se lo propone, contra los enemigos del estado laico.

Margallo culpa a la tolerancia de religiones de la desintegración de las sociedades y de los miles de delitos que incentiva, pero el adversario achaca el mal a la ausencia de luces.

Los crímenes, la inmoralidad de los pueblos no nacen de la profesión de esta o aquella religión. Dependen inmediatamente de su educación e ilustración y, además, de los efectos de una buena legislación. Afortunadamente sucede esto así, porque si tuviésemos que acusar a la religión exclusiva o universal del país de los crímenes de los hombres, no quedaría muy bien la cristiana, apostólica, romana.

Por último, pasa al tratamiento de la contradicción que supondría la aclamación de la intolerancia en un país como Colombia, cuya legislación abre las puertas a los extranjeros porque necesita el aporte de su ingenio y el esfuerzo de sus brazos para el fomento de la economía. Los aspectos legales que más le importan son los siguientes:

Observemos que la Constitución declara en el artículo 183, que todos los extranjeros de cualquiera nación serán admitidos en Colombia; y que gozarán en sus personas y propiedades las mismas seguridades que los demás ciudadanos, siempre que respeten las leyes de la República. Que en el artículo 184, con una justicia muy laudable, los iguala cuando hayan hecho ciertos servicios a la patria, a los naturales del país, para obtener todos los empleos, en que no se exija ser ciudadano de Colombia por nacimiento. Que en la ley de 22 de agosto de 1821, en el artículo 3, después de mandar que el seguimiento de las causas de fe, según el artículo anterior, no se entienda con los extranjeros que vengan a establecerse temporal o perpetuamente, ni con sus descendientes, añade, los que no podrán ser, de modo alguno, molestados acerca de su creencia, debiendo sí, respetar el culto y la religión católica romana.

No solo arrincona al intolerante por la prudencia de los argumentos, por manejar evidencias de la realidad a través de las cuales se demuestra el escándalo de sus pretensiones, sino también al advertir que las ideas que pretende imponer significan una violación de la carta magna.

Desde entonces las opiniones del doctor Vargas son requeridas por los ciudadanos que buscan la reconstrucción del país devastado por la guerra, y se le invita a participar en las polémicas que comienzan a abundar sobre la desmembración de Colombia. La lucidez y la templanza de su ataque contra La serpiente de Moisés lo convierten en una figura central de la república que busca nuevos horizontes.


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