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¿Cómo impacta a los venezolanos la decisión de la Corte Suprema sobre las prohibiciones migratorias de Trump?

27/06/2018

Fotografía de Red Social Saime

En sentencia publicada el 26 de junio de 2018, la Corte Suprema de Justicia decidió validar la decisión del Presidente Trump de imponer restricciones migratorias a ciertos países, entre ellos, Venezuela.

¿Qué impacto tiene esta decisión para los venezolanos?

Un poco de historia

Uno de los puntos centrales en la agenda del Presidente Trump ha sido el tema migratorio. Invocando la defensa de la seguridad nacional, su gobierno ha venido dictando diversas restricciones migratorias. Tales medidas han sido cuestionadas por algunas cortes inferiores y han generado un intenso debate público, por aquellos que consideran que, tras las mismas, subyacen políticas discriminatorias basadas en motivos religiosos.

La más reciente decisión dictada por Trump en esta materia fue la Proclama N° 9645, de septiembre de 2017. En resumen, la medida impone restricciones migratorias a los ciudadanos de Chad, Irán, Libia, Corea del Norte, Siria, Venezuela y Yemen. En el caso de Venezuela, las restricciones solo aplican a ciertos funcionarios públicos y su familia directa, como explicó Mariano de Alba en Prodavinci.

Así, la medida prohíbe el ingreso a Estados Unidos de ciertos funcionarios públicos y sus familiares directos con visas B1 y/o B2, o sea, visas de no-inmigrante. Entre otros, son afectados por esas medidas, funcionarios de organismos venezolanos relacionados con temas migratorios, entre ellos, del Ministerio del Poder Popular para Interior, Justicia y Paz, el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, así como el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME).

El caso ante la Corte Suprema de Justicia

Esta medida fue cuestionada ante la Corte Suprema de Justicia con base en dos argumentos. El primero, que el Presidente Trump no tenía competencia para adoptar tales restricciones migratorias. El segundo, que sus restricciones encubren políticas discriminatorias por motivos religiosos, específicamente, en contra de musulmanes.

Ambos argumentos fueron rechazados por la Corte, en una decisión aprobada por cinco de los nueve magistrados. Esto quiere decir que se trató de una “decisión cerrada”, o sea, una decisión que contó con el apoyo solo de la mayoría de los magistrados.

Por un lado, la mayoría consideró que el Presidente tiene amplios poderes para imponer medidas migratorias basadas en la defensa de la soberanía y de la seguridad, incluso, para negar la entrada de extranjeros a Estados Unidos. Ese amplio poder es principalmente político, y por ello, está sometido a un control judicial muy limitado.

Por otro lado, la Corte no encontró ningún motivo para considerar que el Presidente había abusado de ese poder. En especial, negó que las declaraciones de Trump –durante la campaña y luego como Presidente– pudiesen ser consideradas para alegar que, tras las restricciones migratorias, subyacía una práctica discriminatoria en contra de los musulmanes.

Este fue el punto en el cual la Juez Sotomayor justificó su voto salvado: la medida del Presidente Trump, en su opinión, es consecuencia de políticas basadas en la intolerancia religiosa y, por ello, contrarias a la Constitución. A tales efectos, consideró que la inclusión de Corea del Norte y Venezuela no afectaba esa conclusión, pues en la práctica, las medidas migratorias tienen muy pocos efectos sobre los ciudadanos de esos países.

Consecuencias para los venezolanos

La decisión tiene dos consecuencias para los venezolanos.

La primera es que la Proclama del Presidente Trump se mantiene en vigor para ciertos funcionarios públicos y sus familiares directos, a quienes se les podrá negar la entrada a Estados Unidos, aun teniendo visas de no-inmigrantes.  

La segunda consecuencia es que el Presidente Trump podrá ahora ejercer con mayor confianza sus poderes para ampliar restricciones migratorias a venezolanos, basado en motivos de seguridad. Es importante recordar que el Gobierno de Trump ha venido ampliando las medidas en contra de funcionarios venezolanos, así como las que restringen ciertas operaciones financieras de Venezuela. No es de extrañar que, luego de esta sentencia, esas medidas se extiendan al ámbito migratorio, como por ejemplo, revocatoria o denegatorias de visas, o ampliación de la categoría de venezolanos que no podrán acceder a Estados Unidos.


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