Ensayo

Tratado de derecho constitucional en 16 tomos

20/03/2018

Fotografía de Christopher / Flickr

La producción de doctrina jurídica venezolana crece con vigor y acierto, al punto de que ya Venezuela cuenta con autores de proyección internacional con obras de consulta obligatoria para estudiar la evolución del derecho constitucional venezolano. En esta línea se inscribe el Tratado de derecho constitucional (Caracas, Editorial Jurídica Venezolana, 2017), que en 16 tomos acaba de publicar el profesor emérito de la Universidad Central de Venezuela Allan Brewer Carías. Esta obra contiene, en más de 17.000 páginas, la producción jurídica del autor escrita a lo largo de varias décadas, referidas básicamente a la historia del derecho constitucional. Su trabajo sobre el derecho administrativo está recogido en su Tratado de Derecho Administrativo en 6 volúmenes (Madrid, Editorial Civitas, 2013).

En la formación del autor como constitucionalista participó, en primer lugar, mi profesor de Derecho Constitucional Gustavo Planchart Manrique. Luego ejercieron influencia sobre él Manuel García-Pelayo y Antonio Moles Caubet, ambos profesores españoles que, por fortuna, se residenciaron en Venezuela y que dirigieron los institutos de Estudios Políticos y de Derecho Público de la Universidad Central de Venezuela. Puede decirse, entonces, que Brewer Carias se formó en la UCV y ahí desarrolló parte importante de su productiva carrera académica. Fue sucesor del mencionado Antonio Moles Caubet en la dirección del Instituto de Derecho Público, en el que trabajó durante 27 años. Vale la pena mencionar, igualmente, a los profesores Gonzalo Pérez Luciani y Tomás Polanco Alcántara, como dos de los profesores de la UCV que orientaron la formación intelectual del autor del Tratado que comento.

La publicación de este Tratado de Derecho Constitucional es importante por varias razones. No solamente porque recoge la vasta obra del autor que había sido publicada a lo largo de su vida académica en libros y artículos de revistas, sino porque además de ser un tratado de Derecho Constitucional es, al mismo tiempo, una historia constitucional de Venezuela. En este sentido, el tomo primero dialoga con la Historia Constitucional de Venezuela de José Gil Fortoul; y es un necesario complemento para entender la evolución constitucional de nuestro país desde la época colonial. Gil Fortoul examina en sus 3 tomos nuestra historia desde la colonia hasta la denominada oligarquía conservadora, siguiendo el método positivista y utilizando un “estilo sereno”, como lo afirmó Baltazar Vallenilla Lanz con ocasión de la publicación del primer tomo de la obra en 1907.

En el tratado de Brewer se examinan las crisis políticas ocurridas en los cuatro períodos que corresponden, según lo explica el autor, a los años 1857, 1892, 1945; y la última que corresponde a la crisis iniciada con la Constitución de 1999. Es a esta última crisis a la que me voy a referir en este artículo.

Es mucho lo que se puede decir sobre la experiencia política vivida en Venezuela a partir del año 1999, con la llegada de Hugo Chávez al poder. Se trata de una larga y profunda crisis que tiene su origen en el proceso de implantar en Venezuela un Estado socialista inspirado en el modelo cubano. La primera expresión de esta crisis es el aniquilamiento de la separación de poderes, con el control del Tribunal Supremo de Justicia y del Poder Electoral.

La distorsión de la justicia constitucional, el juez legislador, el desmantelamiento de la democracia y el advenimiento del Estado totalitario, con la consecuente destrucción del Estado de derecho y de la democracia por medio de la dictadura judicial, son examinandos en los tomos XIII, XIV, XV y XVI que recogen el material bibliográfico y el examen que hace Brewer de todo lo que ha acontecido en lo jurídico para consolidar la muerte del Derecho.

Son muchas las violaciones ocurridas a lo largo de este proceso de consolidación de un régimen socialista. El aniquilamiento del Estado de derecho, y el Poder Judicial convertido en un apéndice del modelo revolucionario, encuentra explicación, paso a paso, en este tratado.

Por eso, ha sido muy importante la publicación de esta obra en este momento porque permite a los estudiantes y abogados de derecho, ciencias políticas, historia, sociología y otras ramas encontrar material organizado y suficiente para adentrarse en el estudio de lo que ha acontecido. También permite encontrar las explicaciones para entender cómo hemos llegado hasta aquí.

El estudio de la evolución constitucional de Venezuela a partir del triunfo de la oposición en las elecciones parlamentarias del 6 de diciembre de 2015 no escapa al registro de esta historia constitucional. Todo esto nos permite comprender el paso final en esta cadena de atropellos: la Asamblea Nacional Constituyente que se instaura sin haber pasado por el filtro de la consulta al pueblo, como le dictamina el artículo 347 de la Constitución.

Brewer Carias prepara el Tomo XVII de este Tratado que se refiere a la Asamblea Nacional Constituyente. Esta es, tal vez, la materia que adquiere el mayor interés por lo reciente y por las consecuencias políticas que entraña. Siendo así el asunto, tal como lo señalé en un artículo en Prodavinci, el modelo seguido por el PSUV es el de Vladimir Illich Lenin.

La constituyente revolucionaria se hizo amoldada a las prédicas del revolucionario bolchevique, quien en su libro La revolución proletaria y el renegado Kautsky sostuvo que una constituyente revolucionaria no puede ser “expresión exacta de la voluntad del pueblo”. Para luego añadir: “Por eso, incluso desde el punto de vista formal, la composición de los elegidos a la Asamblea Constituyente no corresponde, ni puede corresponder, a la voluntad de la masa de electores”; porque solo debe responder a los ideales “superiores” de la revolución. Para Lenin lo importante en una constituyente es que esta sea sometida al poder de los “Soviets” (¡Comunas!), para que pueda ser manipulada de acuerdo con los intereses de quienes se han hecho con el poder.

El poder fáctico de la Asamblea Constituyente y las reglas electorales que se imponen se fundamentan en esa idea de que el revolucionario conquista el poder para siempre. Tanto el modelo leninista, como el del socialismo del siglo XXI, comparten un objetivo político concreto: darle permanencia a la “dictadura del proletariado”.

Por otra parte, la dictadura del proletariado se basa en la lucha de clases y esta en el odio de unos contra otros. Por eso, es válido afirmar que el modelo revolucionario marxista tiene al resentimiento como fundamento de su impulso. De ahí la crueldad con la que se suelen ejecutar sus políticas.

Seguramente, el tomo que está pendiente de ser publicado sobre esta oscura etapa de nuestra vida constitucional aportará reflexiones para quedar registradas en el archivo histórico. De esta manera, los estudiosos de la historia constitucional de Venezuela tendrán suficiente material para complementar los aportes de José Gil Fortoul en lo que fue la obra mejor elaborada sobre el tema.

Igualmente, la memoria historia cuenta con un Tratado que mantendrá viva a perpetuidad la memoria de los venezolanos. Especialmente, la obra de Brewer permite demostrar el error histórico que ha significado el socialismo del siglo XXI, para que nadie lo olvide.

La evolución del Derecho Constitucional es, al mismo tiempo, parte importante de la historia, porque, como dice Gil Fortoul, “no existe ninguna Historia completa de Venezuela”. Sin embargo, a la obra del gran barquisimetano viene a sumarse esta del profesor Allan Brewer Carías que recoge su larga y reflexiva vida académica.

Ha sido el propio autor quien ha organizado y sistematizado esta enorme producción, porque, como lo señala:

“Ante una obra tan vasta, publicada durante tantos años y en tantas partes del mundo, nadie que no fuera yo mismo podría llegar a conocerla, y captarla toda, razón por la cual decidí acometer la ciclópea tarea de recopilarla, integrarla, sistematizarla y ordenarla”.


ARTÍCULOS MÁS RECIENTES DEL AUTOR

Suscríbete al boletín

No te pierdas la información más importante de PRODAVINCI en tu buzón de correo